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DISEÑOS Y MODELOS

Diseño Comunitario

El diseño comunitario es válido en toda la Unión Europea y tiene un carácter unitario, ya que constituye un título único, sujeto a una ley única y válido para todo el territorio de la Unión Europea. De hecho, no puede ser objeto de registro, transferencia, renuncia o decisión de nulidad, ni se puede prohibir su uso, a excepción de la totalidad de la Unión Europea.

El reglamento comunitario de diseño establece dos tipos de protección:

1. Diseño Comunitario Registrado (CDR):

• Los diseños comunitarios registrados se rigen por un único sistema legal que garantiza una protección única y sólida en toda la Unión Europea. El diseño comunitario se registra directamente ante la EUIPO en Alicante de acuerdo con las condiciones especificadas en el Reglamento de diseño comunitario.
• Un diseño comunitario registrado le otorga al propietario el derecho exclusivo de fabricar, comercializar, vender, comercializar, importar y exportar cualquier producto que reproduzca un diseño protegido. Los diseños comunitarios registrados están protegidos por diseños similares, incluso cuando se han comercializado de buena fe, por ejemplo, en el caso de que no se conociera la existencia del diseño anterior.
• El procedimiento de registro de Community Design es muy simple. De hecho, suficiente con presentar una solicitud única en uno de los idiomas oficiales.
• La EUIPO realiza un examen formal inicial de la solicitud. No se lleva a cabo un examen exhaustivo de fondo, excepto la verificación de que se trata de una solicitud de diseño o modelo comunitario y de que no es contrario al orden público ni a la moral. En caso de que no existan defectos o, si los hay, se corrijan, se emitirá un certificado de registro y el diseño comunitario se publicará de inmediato.
• Con la misma solicitud, es posible solicitar protección para más de un diseño siempre que pertenezcan a la misma clase que la Clasificación Internacional de Locarno.
• El solicitante puede solicitar, una vez presentada la solicitud, que la publicación del diseño comunitario se difiera por un período de 30 meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud o de la fecha de prioridad.
• El registro de un diseño comunitario tiene una duración de cinco años a partir de la fecha de presentación de la solicitud. El titular del derecho puede obtener la protección durante uno o más períodos de cinco años hasta un máximo de 25 años a partir de la fecha de presentación.
• El reglamento prevé la posibilidad de presentar una solicitud de cancelación, una vez que el diseño o modelo ha sido registrado, por incumplimiento de los requisitos de novedad o carácter singular.

2. Diseño Comunitario No Registrado (CDNR):

• Para obtener la protección de un diseño comunitario no registrado, no es necesario presentar una solicitud ya que la protección se adquiere automáticamente después de una simple divulgación dentro de la Comunidad Europea. Este derecho tiene una duración improrrogable de tres años a partir de la fecha de divulgación del diseño.

• Además de una protección más corta, el diseño comunitario no registrado también ofrece menos protección. De hecho, el diseño comunitario no registrado estará protegido solo contra copias serviles de mala fe del diseño (por ejemplo, en el caso de que la contraparte supiera de la existencia del diseño anterior).

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